¿Quién tiene los derechos de autor: el freelance o el cliente?

Por defecto, los derechos de autor son del freelance que crea la obra, no del cliente que la paga. El cliente solo recibe los derechos que el contrato le cede, y según la Ley de Propiedad Intelectual la cesión se limita a las modalidades de explotación expresamente previstas; si no se especifican, a las que se deduzcan necesariamente del propio contrato. Pagar una factura no convierte al cliente en titular. La excepción principal es el trabajo asalariado: lo creado por un empleado en el ejercicio de sus funciones se presume cedido al empresario en la medida necesaria para su actividad. Dos costumbres te protegen: acordar por escrito qué recibe el cliente y cuándo (normalmente al pagar del todo) y guardar una constancia fechada de qué entregaste y cuándo.

Información general, no asesoramiento jurídico para un conflicto concreto.

Las reglas por defecto

SituaciónDe quién son los derechos por defectoNota
Freelance o agencia, sin nada por escrito sobre derechosDel freelance; el cliente puede usar la obra para lo que se deduzca necesariamente del encargoArt. 43 LPI
Contrato con cesión expresaDel cliente, en la medida cedida: exclusiva o no, modalidades, territorio y duraciónLa cesión debe formalizarse por escrito (art. 45 LPI)
Asalariado, dentro de sus funcionesSe presumen cedidos al empresario para su actividad habitualArt. 51 LPI; para programas de ordenador, art. 97
Derechos morales (paternidad, integridad)Siempre del autorIrrenunciables e inalienables
Cliente en EE. UU.Allí rige la ley estadounidense: cesión por escrito, «work made for hire» solo en pocas categoríasEn encargos internacionales, fija en el contrato la ley aplicable

De dónde salen de verdad los conflictos

  • El cliente no paga pero usa el trabajo. Si los derechos pasan solo con el pago completo, lo está usando sin licencia.
  • El cliente quiere los archivos fuente (PSD por capas, archivo de Figma, repositorio de código, material en bruto) que nunca formaron parte del trato.
  • El cliente registra tu logo como marca o lo usa más allá de lo acordado.
  • Quieres enseñar el trabajo en tu portfolio y el cliente se opone.
  • Otro freelance o el propio cliente dice que lo hizo él, y tienes que mostrar que tus bocetos fueron antes.

Cinco cláusulas que evitan casi todo

  1. Qué se cede: en exclusiva o no, qué usos (impreso, web, publicidad, merchandising), qué territorio, cuánto tiempo.
  2. Cuándo: «los derechos se ceden con el pago completo». Hasta entonces, el cliente no tiene licencia.
  3. Qué se entrega: solo archivos finales o también los fuente, y a qué precio.
  4. Portfolio: tu derecho a mostrar el trabajo, con el plazo de espera que necesite el cliente.
  5. Material previo: tus plantillas, librerías de código, tipografías y licencias de stock siguen siendo tuyas o bajo sus propias condiciones.

Antes de entregar nada

  • Envía previsualizaciones con marca de agua o en baja resolución para aprobar, y los archivos finales solo tras el pago.
  • Sella cada ronda de bocetos y la entrega final, para poder mostrar qué hiciste y cuándo, sin depender del correo del cliente.
  • Guarda los archivos de trabajo: capas, mesas de trabajo, bocetos iniciales e historial de versiones muestran que el trabajo sale de ti.
  • Confirma el briefing y las aprobaciones por escrito, aunque sea con un correo breve.

Qué añade un certificado de StampR

Un certificado de StampR vincula la huella SHA-256 de tu entrega, o de un ZIP con una ronda entera de bocetos, a un sello de tiempo electrónico cualificado de BORICA B-Trust, junto con tu declaración de que eres su autor. Según el artículo 41.2 del Reglamento eIDAS, su fecha e integridad se presumen exactas en todos los Estados miembros. Si un cliente que no ha pagado usa el trabajo, o alguien dice haberlo hecho, puedes mostrar en la página de verificación qué existía y cuándo. Los archivos no se suben: solo se envía su huella, así que el trabajo del cliente sigue siendo confidencial.

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Lo que no hace

  • No decide de quién son los derechos. Eso lo hacen el contrato y la ley.
  • No sustituye un contrato escrito. Cinco cláusulas hacen más que cualquier prueba.
  • No cobra por ti. Respalda tu posición si tienes que reclamar.
  • No crea ni inscribe derechos. Nacen al crear la obra.

Lecturas relacionadas

Preguntas frecuentes

Si el cliente paga, ¿son suyos los derechos de autor?

No automáticamente. El pago compra lo que diga el contrato. Sin cesión por escrito, el freelance conserva los derechos y el cliente puede usar la obra para lo que se deduzca necesariamente del encargo.

¿Puedo ceder todos mis derechos al cliente?

Puedes ceder los derechos de explotación, incluso en exclusiva y para todas las modalidades, por escrito. Los derechos morales, como el de ser reconocido autor, siguen siendo tuyos.

¿Tengo que dar los archivos fuente al cliente?

Solo si el contrato lo dice. Muchos freelances entregan por defecto los archivos finales y cobran aparte los fuente y la cesión completa.

¿Puedo enseñar trabajos de clientes en mi portfolio?

Normalmente sí, si no acordaste lo contrario ni hay confidencialidad. Inclúyelo en el contrato para evitar discusiones.

¿Qué hago si el cliente usa mi trabajo sin pagar?

Si los derechos pasan con el pago, lo está usando sin licencia. Envía un requerimiento por escrito con tus bocetos fechados y, si se niega, consulta a un abogado.

Fuentes

Fuentes comprobadas el 05/11/2026.

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